Un acuerdo de préstamo es un acuerdo en virtud del cual un banco u otra institución de crédito (prestamista) se compromete a proporcionar fondos (crédito) a un prestatario por el monto y sujeto a las condiciones estipuladas por el acuerdo, y el prestatario se compromete a devolver el monto recibido y pagar intereses sobre él.
El acuerdo de préstamo debe ser concluido por escrito. El incumplimiento de la forma escrita dará lugar a la invalidez del acuerdo de préstamo. Dicho acuerdo se considera nulo y sin valor. El prestamista tiene derecho a negarse a proporcionar al prestatario el contrato de préstamo en su totalidad o en parte si hay circunstancias que evidencian claramente que la cantidad proporcionada al prestatario no será devuelta a su debido tiempo. El prestatario tendrá derecho a negarse a prorrogar el préstamo en su totalidad o en parte, notificando al prestamista antes del plazo de su prórroga, a menos que la ley, otros actos jurídicos o el contrato de préstamo dispongan otra cosa. Si el prestatario viola la obligación del uso intencional del préstamo estipulado en el acuerdo de préstamo, el prestamista también tendrá derecho a rechazar préstamos adicionales al prestatario según el acuerdo.
Las disposiciones generales incluyen:
La indicación del propósito del préstamo está asociada con uno de los principios de este: el objetivo. El propósito del préstamo es muy importante para que el banco determine la posibilidad de pagar el préstamo y la fuente del pago. El interés sobre el uso del préstamo se determina de modo que el monto del interés recibido del prestatario cubra los gastos del banco en la recaudación de fondos necesarios para proporcionar el préstamo solicitado, con la adición del denominado margen. El monto del interés también depende de los siguientes factores:
El tipo de tasa de interés debe indicarse en el contrato: tasa de interés fija, es decir estable, independiente de las condiciones del mercado, o flotante, que cambia durante el plazo del crédito.
Es importante que el banco asegure el acuerdo de préstamo, lo que le permite reducir el riesgo de pérdida de fondos. El banco acepta uno o más acuerdos de garantía colateral:
Un préstamo puede emitirse en una suma global o en cuotas, abonándolo en una cuenta de préstamo (para una persona jurídica) o en efectivo (para una persona física). El préstamo se reembolsa a su vencimiento en el orden de pagos previsto en el calendario, en la forma especificada en el contrato de préstamo, mediante un débito en la cuenta corriente del prestatario o aceptando efectivo, si el prestatario es una persona física. Si se abre una cuenta corriente en otro banco, el reembolso de la deuda del préstamo y el pago de los intereses se realiza mediante la orden de pago del prestatario.
Los derechos y obligaciones del prestatario surgen de la legislación vigente y también están determinados por las características de cada transacción específica, la situación en el mercado de los recursos crediticios y la solvencia del prestatario.
Los siguientes derechos del prestatario pueden reflejarse en el contrato de préstamo:
El prestatario estará obligado a:
A pesar de que están fijados por la ley, también están determinados por el contrato de préstamo.
La responsabilidad de las partes incluye no sólo la responsabilidad monetaria, sino también la responsabilidad patrimonial. En particular, el acuerdo estipula que el banco, en caso de que el prestatario incumpla las obligaciones asumidas, puede suspender la prórroga del préstamo, reclamarlo para su recuperación anticipada, reducir el monto del préstamo estipulado para la prórroga en virtud del acuerdo, aumentar el tipo de interés del mismo, etc. El prestatario podrá pedir al banco que le reembolse las pérdidas sufridas por no haberle concedido el préstamo en absoluto o por proporcionar una cantidad incompleta del préstamo estipulado por el contrato.
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