“El forward es un compromiso entre dos partes por el cual en una fecha futura una de las partes se compromete a comprar y la otra a vender, no realizándose ninguna transacción en el momento de la contratación.”
Recomendación previa, leer:
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Contrato a plazo sobre tipos de interés o Forward Rate Agreement (FRA)
Un FRA es un acuerdo entre dos partes, mediante el cual se determina un tipo de interés para un determinado periodo, con fecha de comienzo futura y para un importe nominal teórico. Esta operación permite proteger contra variaciones no deseadas de los tipos de interés a corto plazo, por lo tanto, un FRA nos protege ante el riesgo de fluctuaciones en los tipos de interés durante el periodo cubierto. En la fecha de vencimiento se liquida la diferencia entre el mercado de contado y el tipo de interés acordado en el FRA.
Características
Se trata de un producto que se negocia en el mercado OTC, Over The Counter, debido un acuerdo entre dos partes, por lo que sus características no están estandarizadas y, por tanto, se puede adaptar a las necesidades del cliente. El contrato no implica intercambios de principales ni de intereses, si no, un ajuste de estos últimos.
El FRA viene expresado mediante dos números que hacen referencia al plazo desde la fecha de contratación hasta la fecha de liquidación y a la apertura, esto es el período por el que se ha firmado el contrato. Ambos periodos van expresados en meses. Así FRA 2/5 indica que dicho FRA se liquidará dentro de dos meses siendo el período del contrato de tres, esto es vence dentro de cinco meses desde la fecha de contratación.
La cobertura del FRA es el periodo que media entre la fecha de liquidación y la fecha de vencimiento.
Ejemplo de FRA 2/5
Utilidad
- Se trata de un instrumento destinado a protegerse contra el riesgo de fluctuación de los tipos de interés.
- Permite fijar el tipo de interés para cubrir un préstamo o un depósito con anterioridad a la fecha de contratación.
- Se compra un FRA cuando se quiere proteger de posibles subidas en los tipos de interés, generalmente, el comprador de FRA es un tomador de un préstamo.
- Se vende un FRA cuando queramos protegernos de posibles bajadas de los tipos de interés, generalmente, el vendedor de FRA es un emisor de un bono.
Ventajas
- Su contratación no requiere el pago de ninguna prima.
- Prestablece y garantiza el coste de la financiación durante el período contratado en el futuro para el comprador de FRA, el cual se protege ante un posible incremento de los tipos de interés.
- Prestablece y garantiza el rendimiento de un depósito durante el período contratado en el futuro para el vendedor del FRA, el cual se protege ante un posible descenso de los tipos de interés.
Operativa
Elementos tipificados del contrato:
- Importe Nominal: importe teórico del principal objeto del contrato.
- Divisa: divisa en la que se denomina el contrato.
- Periodos: tiempo en meses que transcurre desde la fecha de inicio de la operación hasta la fecha de vencimiento.
- Fecha de vencimiento: día de vencimiento del periodo objeto de cobertura.
- Comprador: se protege contra alzas en el tipo de interés. Parte “larga” del contrato.
- Vendedor: se protege contra bajadas de los tipos. Parte “corta” del contrato.
- Tipo Fijo: tipo de interés fijado en el FRA.
- Tipo Variable: tipo de liquidación existente para ese activo en la fecha de inicio.
- Fecha de contratación: momento en el que se pactan las condiciones del contrato.
Hay que indicar en el contrato:
- Definir el sentido de la orden, compra o venta.
- Señalar los períodos, momento de inicio y de vencimiento.
- Definir el importe teórico.
- Fijar el tipo de interés del Euribor o Libor.
- Fecha de inicio o liquidación
En esta fecha se liquida el contrato por diferencias entre el tipo de interés fijo acordado y el tipo de interés variable observado de mercado.
En este momento se abona dicha diferencia.
Llegada la fecha de inicio tendremos:
- Si el tipo de interés de variable observado de mercado es mayor que el fijado en el FRA el vendedor paga la diferencia.
- Si el tipo de interés variable observado de mercado es menor que el fijado en el FRA el comprador paga la diferencia.
Cálculo de interés teórico
Supongamos que trabajamos en una entidad financiera y un cliente desea fijar con nosotros hoy el tipo de interés de un crédito de 1.000.000 € con un tipo de interés variable Euribor 6 meses, para dentro de 6 meses y con una vigencia de 6 meses. Para ello, le ofreceremos hoy contratar un FRA 6/12.
El proceso es el siguiente: el día de cierre de la operación, es decir, hoy, se fija el tipo de interés pactado (tipo FRA) en el 0.55%. En la fecha de liquidación, que se corresponde con la de inicio del periodo a cubrir, dentro de 6 meses desde hoy, se calcula la diferencia entre el tipo FRA y el tipo Euribor 6 meses al plazo de periodo de cobertura, que en nuestro caso también es de 6 meses. En la fecha de liquidación existen tres escenarios:
- Que el Euribor 6 Meses sea superior al tipo FRA, por ejemplo, 0.80%. En este caso, la entidad financiera (Vendedor de FRA) abonará la diferencia al Cliente.
- Que el Euribor 6 meses sea inferior al tipo FRA, por ejemplo, 0.45%. En este caso, el cliente abonará la diferencia a la entidad financiera.
- Que el Euribor 6 meses sea igual al tipo FRA, en caso, no existirá liquidación alguna entre las partes.
Determinación del precio de un FRA
La fórmula utilizada para la determinación del tipo de interés teórico de un determinado FRA es la siguiente:
El esquema gráfico de tiempos es el siguiente:
Leyenda de variables:
- iS = Es el tipo de interés en el mercado dinerario en la fecha de liquidación.
- iL = Es el tipo de interés en el mercado dinerario en la fecha de vencimiento.
- iF = Es el tipo de interés del FRA.
- tS = Es el tiempo desde la fecha de contado hasta la fecha de liquidación.
- tL = Es el tiempo desde la fecha de contado hasta la fecha de vencimiento.
- tF = Es la duración del periodo del contrato.
- DS = Es el número de días desde la fecha del contrato hasta la fecha de liquidación.
- DL = Es el número de días desde la fecha del contado hasta la fecha de vencimiento.
- DF = Es el número de días en el periodo del contrato.
- B = Es el numero convencional de días del año.
Cálculo del importe de liquidación
La liquidación siempre se realiza en la fecha de fijación, momento en el que se ve la diferencia entre el tipo de interés cotizado y el real. La fórmula necesaria para realizar los cálculos de la liquidación será la siguiente:
Donde:
- M: Tipo de referencia en la fecha de liquidación.
- F: Tipo FRA acordado en contrato.
- D: Plazo del FRA en días.
- N: Importe nocional sobre el que se calcula el diferencial de intereses.
Gráfico de beneficios y pérdidas
Comprador de FRA
Una posición compradora, como ya hemos indicado, fija un coste máximo de la financiación cubierta, protege contra subidas en el tipo de interés. Cuando sube el tipo de interés por encima de lo fijado es la contraparte quien abona la diferencia y si baja por debajo de lo fijado es la posición compradora quien abona la diferencia.
Vendedor de FRA
Cuando se vende un FRA es porque se quiere proteger ante bajadas de tipos de interés, cuando el tipo de interés baja por debajo de lo fijado la contraparte nos abona la diferencia y cuando sube por encima de lo fijado en el contrato es el vendedor quien abona la diferencia.
Documentación de un FRA
El FRA, al ser una operación OTC se debe documentar por medio de un Contrato Marco de Operaciones Financieras, en el que se establecen los aspectos generales de la operativa de derivados OTC, se firma una única vez por entidad financiera. Posteriormente, y para cada una de las operaciones que se cierren entre el Cliente y la entidad financiera, se firma un Acuerdo Singular o Confirmación, el cual contiene las características puntuales y específicas de cada operación concreta de FRA contratada. Todas las Confirmaciones firmadas entre la entidad financiera y el cliente están legalmente amparadas en el Contrato
Marco de Operaciones Financieras anteriormente mencionado.
Plazos operativos en los contratos de FRA
Para los FRA´S Fijos, lo más general son plazos a 3, 6 y 12 meses.
- 3 meses: 1 contra 4; 3 contra 6; 6 contra 9.
- 6 meses: 1 contra 7; 3 contra 9; 6 contra 12.
- 12 meses: 12 contra 24.
Deshacer una operación de FRA
Para deshacer un contrato FRA lo único que tendremos que hacer será realizar una operación en sentido inverso a la inicial, de este modo suceda lo que suceda en el mercado estaremos cubiertos, cada operación al liquidar se netean.
Continuación...